Capítulo 13 – activos y reclamaciones posteriores a la petición
Cuando usted registra un capítulo 13 debe enumerar todos sus activos o bienes en sus formularios de bancarrota. Si usted no revela todos sus activos, entonces está cometiendo fraude de bancarrota y el Fiduciario de bancarrota se va a enterar y usted terminará probablemente en la cárcel. La mejor política es siempre revelar completamente todos sus activos de la pre-petición y errar en el lado de la precaución y sobre-divulgar si hay cualquier incertidumbre sobre si usted tiene un interés en la propiedad de cualquier clase de activo o bien.
¿Pero qué sucede cuando usted adquiere ciertos tipos de activos o tiene demandas que surjan después de que su capítulo 13 haya sido archivado?
Ciertos activos adquiridos después de la presentación de su caso
Si adquiere una herencia, ingresos del seguro de vida o un acuerdo de propiedad conyugal después de que su caso del capítulo 13 haya sido archivado, usted necesita informar a su abogado lo antes posible porque esos son parte de su estado de bancarrota (vea 11 USC § 541 (a) (5) y 11 USC § 13 06 (a)).
En un capítulo 13, esos activos podrían tener que ser pagados en su plan porque éstos son considerados parte de su “ingreso disponible” para pagar a sus acreedores no asegurados. Si usted tiene un cambio en los gastos (por ejemplo, el aumento de la medicina, la adición a la familia, las reparaciones necesarias de la casa, la necesidad de reemplazar un vehículo, etc.) podría poder mantener algunos de esos activos, pero aun así, debemos informar el hecho de que recibió esos activos y realizar una moción para ver cuánto o si se puede usted quedar con parte de estos bienes o activos.
Reclamaciones que surgen después de la presentación de su caso
De la misma manera, si usted tiene alguna reclamación, por ejemplo, una reclamación por lesiones personales o reclamaciones de empleo, que surgen después de que su capítulo 13 se archive, usted debe informárselo a su abogado lo antes posible.
Su abogado tendrá que presentar una moción para poder emplear a abogados externos para perseguir tales reclamos, y, cualquier producto recibido de tales reclamos sería considerado parte de su “ingreso disponible” para pagar a sus acreedores no asegurados. Una vez más, si usted tiene un cambio en los gastos necesarios, entonces usted podría mantener algunos de los beneficios de tales reclamaciones, pero aun así, tendríamos que revelar los ingresos y llevar a cabo una moción para ver cuánto, si alguno, de los ingresos usted podría mantener.
Si usted no revela las reclamaciones que surjan después de que se presente el capítulo 13 y luego trata de perseguir estas reclamaciones, no podrá hacerlo (se le prohibirá. Ver Jones v. Bob Evans Farms, Inc., 811 f. 3D 1030, 1032 (8th CIR. 2016) y Van Horn v. Martin, 812 f. 3D 1180, 1182-83 (8º CIR. 2016).