De manera regular, me vienen a ver clientes potenciales que quieren consejo a cerca de registrar una bancarrota, como aliviar sus deudas; excepto que estas personas no son dueños de casas, tienen un vehículo modesto, no ganan ningún sueldo otro que seguridad social o retiro y no tienen bienes. En otras palabras: están a “prueba de juicio”. Esto es lenguaje legal para indicar a una persona a la que no se la puede quitar nada incluso si se efectúa una demanda judicial en contra de ella. Una orden judicial suena efectiva y oficial, pero no puede hacer nada o conseguir nada si el demandado es una persona a prueba de juicio, esto es sin ningún tipo de bienes
No se puede embargar o quitar el dinero que una persona tiene en el banco cuando este dinero viene de un retiro solamente o de Seguridad Social o del VA. Esos fondos no se pueden embargar. No se puede sacar nada de ellos. Aun así un acreedor o una orden de demanda de un acreedor puede originar muchísimo estrés.
Es por esto que yo veo a muchos de estas personas. Yo les digo que normalmente 50% de las personas en esta situación terminan registrando una bancarrota. El otro 50% no. No hay absolutamente nada erróneo en NO registrar una bancarrota si usted está a prueba de juicio. Si usted decide registrar una bancarrota, el fiduciario de la Corte de bancarrota probablemente le pregunte a usted que si sabe que no se le requiere declararse en bancarrota en su caso. Al menos uno de los fiduciarios en esta área le llamará la atención a usted y a su abogado por registrar la bancarrota. (Pero el llamarle la atención es solo eso, no tendrá ningún efecto legal en cuando a su habilidad de recibir el perdón o descarga legal de sus deudas).
Si usted no registra una bancarrota, puede que tenga un poco de Alivio por parte del acreedor si usted les contacta y pide que cese de comunicarse con usted. Si el acreedor es un tercero, es decir, una agencia de colección que tiene el derecho de colectar su deuda, dicha agencia tiene que honorar la solicitud de cesar de contactarle para coleccionar. No obstante, probablemente no le crean que está a prueba de juicio o no tengan los medios de mirarlo solo porque usted se lo haya avisado.
Consecuentemente, algunos de los acreedores todavía pondrán una demanda judicial por lo que origina mucho estrés y discordia para estas persona. ¿Tienen estas personas que aparecer en Corte? ?Tienen que contratar a un abogado ? ?qué es lo que tienen que decirle al juez? Todas estas preguntas y toda la incertidumbre es lo que muchas veces llevan a estas personas a registrar una bancarrota incluso cuando legalmente no es necesaria.
Que es lo que estas personas deben hacer? La verdad es que es una elección personal. No es legalmente es su caso necesario registrar la bancarrota pero (si usted cualifica) esto le asegura la resolución legal de sus deudas. No está seguro de lo que debe hacer? Llámenos y venga a vernos para una consulta gratis para que le asesoremos que es lo mejor para usted.