La verdadera respuesta es no. En Estados Unidos no existe la prisión de morosos, la cual era la tradición antigua inglesa y en Europa. Se ponían a los morosos en prisión hasta que sus deudas se saldasen. Por lo tanto, si alguien le demanda alegando que usted no ha pagado su deuda como lo acordado, no le pueden meter en la cárcel por no pagar la deuda. Lo que hacen primero es hacer una petición a un juez de una orden de juicio o también llamada fallo, lo que es un documento firmado por ese juez indicando que usted debe ese dinero. Los acreedores están limitados a colectar el dinero mediante una congelación de sueldo, cuentas de banco o embargándole propiedad no exenta. Lo que califica como propiedad exenta varía de estado a estado, pero los acreedores que suceden en demandarlo y conseguir una orden de juicio no pueden recolectar el dinero quitándole a usted propiedad exenta.
A veces, el dinero en una cuenta bancaria está exento, como cuando todos los fondos de la cuenta provienen de la seguridad social. Los fondos de la seguridad social están exentos incluso después de su pago. Entonces, si el banco que tiene sus fondos de seguridad social recibe un embargo, deben preguntarle si existe alguna razón para que no le den el dinero al acreedor. Es muy importante que complete los documentos que el banco le debe entregar y que se los devuelva al banco, al mismo tiempo que le deja claro al banco que todos los fondos de la cuenta provienen de la seguridad social. Eso presumiblemente sería fácil de verificar para el banco al ver el historial de depósitos.
El banco debe informar al acreedor de que se le está devolviendo una cuenta que solo tiene fondos de seguridad social. Francamente, este proceso puede congelar su acceso a sus propios fondos hasta que se solucione. A veces, el acreedor que emitió un fallo en su contra no sabe si usted es dueño de una propiedad no exenta, como bienes raíces que no sean su casa u otros elementos que puedan adjuntar una vez que los descubran. Por lo tanto, pueden obtener una orden del tribunal para que usted personalmente asista a una audiencia, a veces llamada audiencia para ayudar a la ejecución. Es un momento para que usted se presente, a veces con documentos que figuran en la Orden, como declaraciones de impuestos, talones de cheques o estados de cuenta bancarios, y testifica sobre dónde trabaja y qué activos puede tener.
Si usted es propietario de una casa en el lago u otra propiedad no exenta del embargo, entonces el acreedor tiene el derecho de preguntarle sobre dicha propiedad para que puedan tomar los pasos para cobrar mediante el embargo de los salarios donde trabaja, cuentas bancarias con fondos no exentos en ellos u otra propiedad no exenta Desafortunadamente, para entonces, creo que algunas personas se han acostumbrado a ignorar la demanda cuando fueron atendidas y también el juicio o fallo que recibieron por correo. Por lo tanto, deciden que harán lo mismo y simplemente ignorarán la orden de la Corte para que aparezcan y discutan dónde trabajan y qué poseen. Ese es un gran error, ya que el Tribunal considera que el desacato a los poderes de la Corte para ordenar que el Deudor comparezca. Por lo tanto, el Tribunal puede emitir una orden de arresto no por la falta de pago del dinero, sino para honrar la Orden de comparecer personalmente y responder a las preguntas según sea necesario.
Por supuesto, todo lo indicado anteriormente se congela al día en que usted se declara en bancarrota debido a la ley de la suspensión automática, la cual impide cualquier intento de cobro de una deuda después de que se haya registrado una bancarrota, y luego prohíbe cualquier intento de cobro después de la bancarrota de aquellas deudas que se descarguen o eliminen en la bancarrota. Por lo tanto, tenga cuidado con los últimos avisos de juicios pendientes en su contra ya que usted podría finalizar su riesgo al declararse en bancarrota.